Nos dirigimos a vos en esta ocasión a raíz del dictado de la Resolución 126 de la UIF, de fecha 12/07/2023 por la cual los PAS han quedado excluídos de la condición de Sujetos Obligados en que estaban categorizados por la normativa anteriormente vigente. Sin perjuicio de ello, mantienen su condición aquellos PAS que intermedien en operaciones de Seguro de Retiro o Seguros de Vida con Ahorro respecto de esas operaciones.

La SSN ha emitido la Circular IF-2023-81479829-APN-SSN#MEC (la podés descargar acá) por la cual recuerda la obligación que tienen los PAS, conforme a los inc. b) e i) del art. 10 de la ley 22400, de cumplir con las instrucciones y requerimientos que le efectúen las entidades relativos a la entrega de documentación necesaria para el cumplimiento de la normativa de la Unidad de Información Financiera (UIF).

La Equitativa, como Sujeto Obligado, cuenta con una política respecto de la administración del riesgo de lavado de activos proveniente de sus operaciones de seguros. Dicha política está debidamente explicitada en el Manual de Procedimientos vigente y reflejada en el Instructivo para PAS que venimos utilizando y que es conocido por todos.

Dado que nuestra operatoria aseguradora se lleva a cabo con tu intervención, es imprescindible, tal como ocurre hasta ahora, contar con tu colaboración para recabar toda la información necesaria de acuerdo a la categoría de los asegurados de tu cartera.

A la brevedad te enviaremos el Instructivo con las correcciones que se derivan de la nueva normativa; mientras tanto debés cumplir con lo actualmente vigente en relación a la documentación necesaria para la emisión de operaciones.